En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el RECLAMO POR DEFICIENCIA EN LA PRESTACION DE SERVICIO PUBLICO por parte de la UNIVERSIDAD FERMÍN TORO formulado por el ciudadano JOSE LUIS ALVAREZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.787.967.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza especial del presente procedimiento.