DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la ley, declara, en el juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, seguido por SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA SEGUIAS SEGUIAS, C.A, R.I.F. J-30632553-0, en contra de EMPRESA DINO CENTER, C.A., representada por el ciudadano JUNIOR ANTONIO CAÑIZALES DINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 15.204.889, y asistido por HORACIO CAMERO, titular de la cédula de Identidad Nº V- 6.923.580, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado Nº 166.091.
PRIMERO: SIN LUGAR, la Cuestión Previa alegada por la parte demandada, referida al ordinal 6º del articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el l artículo 340 ejusdem.-
SEGUNDO: Se condena en costas procesale.....