Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: Con lugar la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos José Gregorio Amaya Cordero y Yelitza Del Carmen Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V- 5.936.538 y V-12.691.598.