Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos, niega por improcedente la sustitución de la medida de coerción personal peticionada por la defensa técnica de la acusado LUÍS ÁNGEL CASTRO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.993.934, ampliamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, por cuanto no ha habido modificación de las circunstancias fáctico jurídicas apreciadas para el decreto de la medida la privativa de libertad en fecha 11/12/2010. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.