Esa circunstancia, es decir, el cúmulo de demandas interpuestas contra la demandada de autos, así como las medidas decretadas en su contra en varios de esos procedimientos (verbigracia: exp. FP11-L-2009-000391; FP11-L-2008-000304, entre otras), unida al hecho de que las funciones desempeñadas por la mencionada empresa son básica y esencialmente con recurso humano, ya que se trata de una empresa de vigilancia, en la cual no existe uso de maquinarias o equipos que hagan prever a este Juzgado que efectivamente la sentencia no quedará ilusoria, permite concluir a este Tribunal que en el caso que nos ocupa, se cumplen con los requisitos de Ley para decretar la medida preventiva de embargo solicitada, pues quedó evidenciada la presunción de existencia del derecho reclamado por los actores, así como el peligro en que este derecho se encuentra de no ser satisfecho por la medida requerida, dado que se corre el riesgo de que la demandada se insolvente o revele una imposibilidad de pago, tenden.....