DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción REINVIDICATORIA incoada por el ciudadano ANGEL RICARDO OCAÑA CIFUENTES contra la ciudadana AURA TERESA LEO DE MENDEZ, todos identificados. Se ordena la desocupación y consecuente entrega a favor del actor del siguiente bien: una Casa-Quinta, ubicada en la Avenida 20 entre calles 15 y 16 de la ciudad de Barquisimeto, Parroquia Catedral Municipio Iribarren del Estado Lara, la cual tiene una extensión de DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (297 mts2), alinderada así: Norte: en línea de Once metros con Noventa y Cuatro centímetros (11,94mts) con carrera 20, que es su frente; Sur: en línea de once metros (11 mts) aproximadamente con inmueble que es o fue de Euclide.....