OTORGA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, al ciudadano penado DOUGLAS JOSÉ PÉREZ EVIES, titular de la Cédula de Identidad N° 16.279.715 de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal y en base a la Decisión del la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de Suspender el artículo 493 del referido Código Adjetivo y donde se ordena la aplicación estricta del ya mencionado artículo 501 ejusdem.