Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA incoada por la ciudadana ANTONIA JOSEFINA RODRIGUEZ CESAR, debidamente asistida por la abogado HEYDI GODOY, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 90, contra la ciudadana YUDITH PASTORA RODRIGUEZ DE MANCILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I N° 7.353.849, debidamente asistida por la abogado YULIANA RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 295.384. En consecuencia, PRIMERO: se declara reconocido el presente documento:
"Yo, YUDITH PASTORA RODRIGUEZ DE MANCILLA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° V-7.353.849, .....