Se DECLARA INADMISIBLE la apelación interpuesta por el abogado JORGE RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.085, en su condición de apoderado judicial de la parte accionante ciudadanos Marco Antonio Hinojosa, Luis Rodolfo Yépez, Julio Antonio Yépez y Carlos Enrique López Paiva, venezolanos, mayores titulares de la cédula de identidad Nos. 14.030.899, 7.987.686, 3.964.137 y 4.556.910, respectivamente contra la decisión dictada en fecha 18 de Marzo de 2010 por el JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA CIRCUNSCRICPICIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la decisión tomada.