DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA incoada por OVIDIO RAFAEL GUTIERREZ GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.782.941, debidamente asistido por el abogado YONNY EDUARDO HERNANDEZ DURAN, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 226.792, contra los ciudadanos PETRA MARGARITA GIMENEZ DE GUTIERREZ y OVIDIO RAFAEL GUITIERREZ VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 3.759.168 y 2.544.458, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado GUSTAVO MANUEL ESCALONA MELENDEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 275.15.....