Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por el ciudadano ANGEL ORLANDO SILVA MARCHAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.355.785, contra el ciudadano HERMES ANTONIO CONTRERAS AYALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.335.317, respectivamente. En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
"Yo, HERMES ANTONIO CONTRERAS AYALA, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la ciudad de Barquisimeto, titular de la cedula de identidad numero V-9.335.317, por medio del presente documento declaro: Doy en venta, pu.....