En atención a las consideraciones antes expuestas, Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE SUECUESTRO sobre el vehículo JAC, identificado de la siguiente manera: PLACA: A26EK1P, MARCA: JAC, MODELO: HFC-1037KF1G, COLOR: BLANCO, SERIAL/ CARROCERÍA; 8XR5JHSF8TU000311, SERIAL DE MOTOR: S3003909, USO: CARGA, CLASE: CAMIONETA.-
SEGUNDO: Se ordena librar oficio al al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) y al Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (CPNB) Lara, a fin de que se lleve a cabo la ejecución de la presente Medida Preventiva de Secuestro.-
TERCERO: Nómbrese en su oportunidad Depositaria Judicial y demás auxiliares de justica que se requieran para la práctica de la presente medida.-
Déjese copia de la pres.....