IV
DECISIÓN
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA POR LA MATERIA, en la presente solicitud, suscrita por el ciudadano OSCAR GONZAGA MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.317.507, debidamente asistido por el abogado REGULO OLIVEROS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°300.108. En consecuencia una vez que quede firme el presente auto, se ordena su remisión del presente expediente en original a la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos (U.R.D.D., Civil) a los fines de distribuirlo en alguno de los Juzgados Primeros de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito al que corresponda el turno.-
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión de .....