Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Social, interpuesta por la ciudadana ERIKA CAROLINA TERAN SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 13.187.797 plenamente identificada en auto, de este domicilio, contra la empresa INVERSIONES CREATIVAS DEL ESTE C.A.
SEGUNDO: Se condena a la empresa INVERSIONES CREATIVAS DEL ESTE C.A. a que pague a la reclamante ya ante identificada, la cantidad de DOS MILLONE OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON 31/ 100 CENTIMOS (Bs.2.884.903,31) por conceptos de: Prestaciones de Antigüedad e intereses, Vacaciones, Bono Vacacional, y Utilidades, Según lo discriminado en el presente.....