En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, DECLARO PARCIALEMNTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana, JUDITH MARITZA LINAREZ ALVAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.540.255 en contra de la Sociedad Civil CENTRO DE CALIDAD Y PRODUCTIVIDAD DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL (CEPCO). Se condena al demandado, antes identificado, a pagar a la demandante la cantidad de CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DOS BOLÍVARES (Bs.5.184.802,00) por los conceptos señalados, en virtud de la terminación de la relación de trabajo por renuncia de la trabajadora.Así mismo, se condena a pagar a la parte perdidosa, lo que resulte de la experticia complementaria del fallo. Sin lugar el pedimento de honorarios profesionales por no ser esta la instancia correspondiente para tal pedimento. No.....