En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Carlos Alberto García González contra la Asociación Cooperativa Paramédicos 2020 Servicios Integrales PASI (hoy Asociación Cooperativa Paramédicos Sobre la Roca).
SEGUNDO: Se ordena a la Asociación Cooperativa Paramédicos 2020 Servicios Integrales PASI (hoy Asociación Cooperativa Paramédicos Sobre la Roca) que pague al ciudadano Carlos Alberto García González, la suma de Bs. 337.251,80, correspondientes a la totalidad de lo reclamado. Más la corrección monetaria y los intereses moratorios de los conceptos reclamados a excepción de los salarios caídos, calculados bajo los siguientes parámetros, conforme al cr.....