Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el Proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES dándole efecto de Cosa Juzgada. Se acuerda en este acto la expedición de dos (02) juegos de copias certificadas del presente acuerdo. Así mismo, se deja constancia de que se hace entrega de las pruebas promovidas por ambas partes. Es todo, se leyó, conforme firman: