En virtud de las consideraciones anteriores, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: La validez del Informe Pericial presentado por la Licenciada BEATRIZ ELENA SANTANA SALAS, por considerar que está ajustado a derecho; y condenando a la empresa demandada PROTECCIÓN SEGURIDAD, VIGILANCIA E INVESTIGACIONES PRIVADAS, C.A. (PROSEVIPCA), a cancelar a los actores las cantidades discriminadas en el cuadro arriba descrito, según experticia complementaria del fallo (Estimación Definitiva). Así se establece.