este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que compareció por la parte demandada la apoderada judicial abogada CARLA SANCHEZ, IPSA Nº 147.290. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.