Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por los ciudadanos, LISANDRO ANTONIO LARA y LEOSMAR ANTONIO MENDOZA ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 9.578.026 y 15.918.012, respectivamente, y de este domicilio, contra la empresa HACIENDA LA CARIDAD DEL COBRE Y SECUNDINO MILLAN SANTOS.
SEGUNDO: Se condena a la empresa HACIENDA LA CARIDAD DEL COBRE Y SECUNDINO MILLAN SANTOS a pagarles a los ciudadanos LISANDRO LARA, antes identificado, la cantidad de TREINTA Y UN MILLON CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 31.174.733,33), Y al ciudadano LEOMAR MENDOZA, antes identificado, la canti.....