Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Solicitud de Calificación de Despido interpuesta por la ciudadana Mirroth Anyela Gómez Álvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 14.334.419, domiciliada en la Urbanización Rafael Caldera, 1era Etapa, Avenida 1 entre calles 1 y 2, Casa Número 06, Barquisimeto Estado Lara, contra la empresa VALETELECOM, C. A., contratista (Canal Alterno de VENTAS) de CANTV.