este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION EN REGIMEN TRANSITORIO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE INVALIDACIÓN incoado por el ciudadano: GABRIEL SEGUNDO LISCANO contra la sentencia dictada el 21 de Enero del 2004, en el Asunto: KP02-L-2002-000600, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de fijar nueva oportunidad para celebrar la audiencia preliminar, tal como lo prevé el artículo 128 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; sin necesidad de librar boleta de notificación alguna, ello en virtud de que las partes intervinientes en el juicio laboral, cuya reposición se ordena se encuentran a derecho. En el entendido que la audi.....