En virtud de lo anterior, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de pago de prestaciones sociales incoada por la ciudadana LILIANA MASCAREÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 9.631.999, contra el ciudadano JOSE GREGORIO CRESPO, con domicilio en la calle Lisboa entre calle Portugal y avenida Francisco de Miranda, casa N° 11012-01, de la Población de Carora, estado Lara.