En este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO manifestado por la parte actora, le otorga caracter de cosa juzgada y asimismo ordena el cierre y archivo del presente asunto. Finalmente, en cuanto a la solicitud de la parte actora sobre la devolución del poder, la misma se acuerda y se ordena el desglose del expediente y la expedición de copia certificada en sustitución de los originales.