Sobre la base de lo expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Régimen Laboral Transitorio de la circunscripción Judicial del Estado Lara declara SIN LUGAR la oposición al embargo formulada por losa ciudadanos: Carla Rodríguez, Miguel Ángel Martínez y el Grupo XA XB O XC, arriba identificados. En consecuencia se ratifica la medida de embargo decretada el día 16 de noviembre del 2005, sobre los bienes muebles que aparecen descritos en acta de embargo que riela a los folios 43 al 47 ambos inclusive. Y así se declara.