En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
¿ PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano DENNIS HUMBERTO CAMACARO MARIN en contra de la demandada CARGA Y SUMINISTRO BEMO C.A.
¿ SEGUNDO: Se condena a la demandada CARGA Y SUMINISTRO BEMO C.A a cancelar al demandante ciudadano DENNIS HUMBERTO CAMACARO MARIN, a pagar los conceptos condenados y montos arrojados en la Experticia Complementaria ordenada a practicar, mediante los parámetros arriba descritos, los cuales se dan acá por reproducidos.
¿ TERCERO: Se ordena la corrección monetaria desde la fecha de la admisión de la demanda hasta la ejecución del presente fallo, entendida esta última como la fecha de pago efectivo, para lo cual de.....