Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda, interpuesta por la ciudadana MARÍA ANGELICA MARÍN GONZALEZ, en contra de la empresa, CENTRO ODONTOLICO RODRIGUEZ GONZALEZ, C.A y como consecuencia de ello, la extinción del procedimiento.