Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROSA CECILIA ALVARADO SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.736.519 en contra de la empresa AUTOMERCADO MAX.
SEGUNDO: Se condena a la empresa mercantil AUTOMERCADO MAX a cancelar a la demandante ciudadana ROSA CECILIA ALVARADO SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.736.519 la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON NOVENTA Y SEIS (BF.52.235,92), por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo, en razón a los cálculos indicados en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena la correcc.....