En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este Juzgado Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre el ciudadano IRIS DE AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 7.351.477, de este domicilio y la empresa GENI-GAS, C.A.,