Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, DECLARANDO EXTINGUIDA LA INSTANCIA, única y exclusivamente respecto de los codemandados YRMA ROA, MERVIN CHAVEZ, JOSE PEREZ y VICTOR CONTRERAS; CONTINUANDO LA PRESENTE CAUSA, en el estado en que se encuentra, respecto de los codemandados KAYSON COMPANY VENEZUELA S.A., y ASOCIACIÓN COOPERATIVA MAXEGU R.L., y ALI MOHAMMAD KAMRAN KIAFE. ASÍ SE DECIDE.