Por las motivaciones que anteceden, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
¿ PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos de índole laboral incoase el ciudadano HECTOR FRANCOIS ROLDAN, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 15.959.369 en contra de los demandados Ciudadano ALEXIS CORVOS Y SOLIDARIAMENTE A LA ESCUELA DE BEISBOL MENOR (APUCLA) y así, condena a éstos al pago de la cantidad de SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON NUEVE CÈNTIMOS ( Bs. 7.666,9) resultante de la sumatoria de los conceptos admitidos y acordados a favor del accionante más lo que resulte del concepto por cesta ticket, calculado por un experto contable en los términos que se ordeno en la parte motiva.....