QUINTA: La falta de provisión de fondos de los cheques que hoy se entrega y/ o el incumplimiento en el pago pendiente dará derecho al actor a solicitar la ejecución forzosa de la presente acta de mediación y las costas que esta originase.
Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva en relación al ciudadano DOMINGO OROZCO, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Dese por terminado una vez conste en autos el último pago.