PRIMERO: La parte demandada conviene la fecha de ingreso (01-02-2001) y egreso (24-05-2004) del trabajador, así como el cargo alegado (laboratorista).
SEGUNDO: la parte demandada difiere respecto a los cálculos presentados en el escrito de demanda y de la base de cálculo que se tomó para realizar los mismos.
TERCERO: la parte demandada presenta los cálculos de las cantidades demandadas y adeudadas, ofreciendo como cifra definitiva para acabar con el litigio y controversia el pago de un monto total, y definitivo de VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 20.470.545,33), cantidad que incluye los siguientes conceptos:
¿ Prestación de antigüedad, literal c del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo: 180 días multiplicados por Bs. 19.530,85, que arroja la cantidad de Bs. 3.515.553,60.
¿ Prestación de antigüedad, días adicionales contemplados en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo: 4 días mult.....