PRIMERO: En vista de las recíprocas concesiones realizadas, ambas partes reconocen y aceptan los siguientes hechos: 1) La relación de trabajo inició el 01 de Diciembre de 2009 y culminó 01/10/2015 y ejerció el cargo de con el cargo de CONDUCTOR DE VEHÍCULOS DE CARGA PESADA. 2) El trabajador efectivamente devengó durante la relación de trabajo, los salarios indicados en la demanda; 3) Que de la revisión completa de las documentales se verificó que al trabajador se le adeudan las siguientes conceptos: Prestación de antigüedad Art 142 a Lottt: 112.407,63 Bs., Complemento de Antigüedad Art 142 a ultimo aparte: 7.424,85 Bs., Intereses sobre prestaciones sociales art 143 Lottt: 19.361,71 Bs., Días de vacaciones fraccionadas 2014-2015: 7.086,11 Bs., Bono vacacional fraccionado 2014-2015: 7.086,11 Bs., Utilidades fraccionadas 2015: 10.119,77 Bs., Indemnización art 80 Lottt segundo aparte: 119.832,48 Bs., Dichos conceptos suman la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS DI.....