PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JULIO JOSÉ LUCENA, titular y portador de la Cédula de Identidad Nro. V-1.244.488, en contra de La entidad de trabajo HORTALIZAS RAMOS C.A., en la persona del ciudadano JOSÉ ANTONIO RAMOS PRADO.
SEGUNDO: Se ordena a La entidad de trabajo HORTALIZAS RAMOS C.A.CENTRO DE APUESTAS E Y A ABIMAIL, C.A., en la persona del ciudadano JOSÉ ANTONIO RAMOS PRADO, que pague al ciudadano JULIO JOSÉ LUCENA, la cantidad total de UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 1.267.247,57), discriminados como se mencionó anteriormente. En consecuencia el demandado deberá cancelar, al demandante los conceptos arriba descritos y que se dan acá por reproducidos. Mas las cantidades que arrojen la experticia complementaria del fallo.