Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda interpuesta por el ciudadano OMAR GREGORIO MATOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 10.7683701, de este domicilio. , en contra de la Ciudadana NINFA MARINA CORONEL FERRER como consecuencia de ello la extinción del proceso.