Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de Dios Todopoderoso y de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Carta Magna Fundamental de esta Nación (1.999), la Ley y el Derecho, decide de conformidad a lo consagrado en el artículo 26 Constitucional (1.999) cónsono a lo establecido en el único párrafo del artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (2.002), considerando en todo momento el Principio de la Irrenunciabilidad de los Derechos Laborales estipulado en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (2.012), y de conformidad a lo normado en la parte inicial del numeral 1° del artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1.966), siendo aplicado éste último de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 Constitucion.....