PRIMERO: Que en consecuencia a la aptitud de la parte demandante ciudadano LUÍS ALBERTO SALAS RIVERO, titular de la cédula de identidad V- 9 546 963, y el abogado quien lo asistió en fecha 02/02/2 024 ciudadano GEORGE ANTONIO SAMÁN ASUAJE, titular de la cédula de identidad V-14 880 660 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 223 055, al activar innecesariamente el Sistema de Justicia de la Nación -El cual, se encuentra conformado también por los Órganos de la Jurisdicción Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Lara-, ello iniciando de forma simultánea en fecha dos (02) procedimientos que guardan relación en sus elementos de sujetos procesales -Parte demandante y parte demandada-, objeto, causa y título, a través de la presentación de libelos de demanda respecto a los asuntos KP02-L-2024-000037 (Por ante este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara) y KP02-L-2024-000038 (Por ant.....