Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita por las partes y presentada por ante la URDD CIVIL en fecha 30 de septiembre de 2014, y recibida en este Tribunal el 01 de octubre de 2014, en el proceso que por cobro de prestaciones sociales, que incoara el ciudadano JUAN MORENO MENDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.590.772., contra de INVERSIONES QUISIME, C.A.; en los términos y condiciones en ella establecidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 89, numeral 2º, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, 154, 255 y 525 del Código de Proced.....