Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Desistido el procedimiento por el ciudadano ADRIAN MELESIO DAZA BUENO, cédula de identidad número 11.784.591 contra RESGUARDO Y VIGILANCIA TOTAL, C.A., Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.