PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: YATSON YOEL ARROYO VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 25.145.672., en contra de C.E.T.R.A.C.A.
SEGUNDO: Se ordena a C.E.T.R.A.C.A que pague al ciudadano YATSON YOEL ARROYO VARGAS, la cantidad total de TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.30.635,76.), discriminados como se menciona anteriormente. En consecuencia la demandada deberá cancelar, al demandante los conceptos arriba descritos y que se dan acá por reproducidos. Mas las cantidades que arrojen la experticia complementaria del fallo.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en el presente proceso.