este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano FELIX ELIAS QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.759.609 en contra de ORGANIZACIÓN DE PROTECCION EMPRESARIAL C.A. (OPECA), inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua, bajo el Nro. 13, Tomo B-4, el 14 de Junio de 1979.
SEGUNDO: se condena a la empresa a pagar al demandante la cantidad de de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL UN BOLÍVARES CON SESENTA SENTIMOS (Bs.2.533.001,60), por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo por renuncia del trabajador indicados en la parte Motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se condena .....