Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana YORLENYS DALILA AGÜERO ROJAS venezolana, mayor de edad, cedula de identidad N°. V-11.549.034, contra SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD Y SALUD AL TRABAJADOR (SEISSAT) C.A