Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO por cobro de prestaciones sociales interpuesta por la ciudadana XIOMARA MARLENE OLAVARRIETA, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V. 13.855.998, de este domicilio. En contra de las Empresas TELECOMUNICACIONES BUTLER S.A Y COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV).-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, En esta misma fecha veinticinco (25) Días del.....