Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO LINAREZ PEREZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V. 12.796.090, en contra de FRIGORIFICO INDIO TEREPAIMA, C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.