Por todos los argumentos de hecho y Derecho que han quedado expuestos, el Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
UNICO: Se ordena a la parte demandada 1). Sociedad Mercantil SERVI-STAR C.A, y solidariamente los ciudadanos DIMAS HIDALGO BRICEÑO Y RICARDO HIDALGO BRICEÑO, 2). Sociedad Mercantil INDUSTRIAS VENEZOLANAS DE COLCHONES C.A, y solidariamente a los ciudadanos MONNIR SABBAGH, JOSEPH SABBAGH Y ALFREDO MARIANI, a pagar los conceptos condenados e indexados tal y como fueron descritos en la parte motiva de esta sentencia, al ciudadano HENRY EDUARDO BARRAGAN PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 7.435.774.