Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por los ciudadanos ROBERT SALAS y RAMON ANDRADE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. 19.726.385 y 12.704.938, respectivamente, contra la SERENOS SAN FELIPE, C.A. y solidariamente a DANIEL TOVAR (a título personal).