Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadano CARLOS ALEJANDRO ROMERO en contra la empresa CORPORACION C.B.R,C.A
SEGUNDO: Se ordena a la empresa CORPORACION C.B.R,C.A que pague al ciudadano CARLOS ALEJANDRO ROMERO identificado en autos la cantidad de TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO DOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 32.925.102,00), O SU EQUIVALENTE EN BOLIVARES FUERTES DE TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. F 35.925,10) más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, la cual se ordena a los fines de determinar: 1. ) La indexación sobre las cantidades condenadas a pagar. Ahora bien, con respecto a la corrección monetaria y de confo.....