Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano ENUDIO SEGUNDO OVIEDO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.434.677 y de este domicilio, asistido por el ciudadano JOSE RAFAEL CERESINI, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nro. 92.452, en contra de la empresa G y T SISTEMAS C.A.