En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OBELLANEIDA AGUILAR, contra PANADERIA, PASTELERIA CHARCUTERIA DELICATESES Y LUNCHERIA LA FLOR DEL ESTE C.A.